, la Asociación de Afectados del Vuelo JK5022 ha lamentado la negativa de Estrasburgo.

La Asociación de Afectados del Vuelo JK5022 ha lamentado la negativa de Estrasburgo.

En ella se denunciaban infracciones contra el Convenio Europeo de Derechos Humanos

ESTRASBURGO (EXTRACREW.COM/Agencias)- El Tribunal de Derechos Humanos de Estrasburgo (TEDH) ha inadmitido la demanda de la Asociación de Afectados del Vuelo JK5022 en la que denunciaba las “infracciones” contra el Convenio Europeo de Derechos Humanos por parte de la Justicia española tras la tragedia del accidente de Spanair, en la que fallecieron 154 personas y 18 sobrevivieron.

La asociación que representa a las víctimas del accidente de Spanair, ocurrido el 20 de agosto de 2018, acudió al Tribunal Europeo el 25 de marzo de 2014, tras agotar la vía judicial en España, después de que el caso quedara sobreseído por la Audiencia Provincial de Madrid, que levantó la imputación a los dos técnicos juzgados y consideró que su actuación fue correcta y no constituyó imprudencia.

El TEDH considera que la demanda de la Asociación de Afectados del Vuelo jk5022 “no cumple con los requisitos de adminisibilidad” establecidos en los artículos 34 y 35 del citado convenio, según se le ha comunicado a la asociación demandante en una carta.
En un comunicado, la Asociación de Afectados del Vuelo JK5022 ha lamentado que se les cierre en Estrasburgo “la última puerta de un largo vía crucis que ha durado más de 7 años”, periodo durante el que no ha dejado de “pelear por lograr justicia y verdad”.

“Ese tribunal ha tardado 19 meses para fotocopiar una carta e inadmitir a trámite la demanda, como hace con la mayoría de los casos que recibe”, ha criticado la asociación, que califica de “burla intolerable” esta carta “para cuantos acuden a su puerta con la esperanza de ser atendidos individualmente”.

La decisión del Tribunal de Estrasbuego es definitiva y no puede ser objeto de un nuevo recurso ni ante el TEDH ni ante otro órgano.