banner-sepla-flysafe

El Consejo de OACI acaba de aprobar cambios urgentes en las Instrucciones Técnicas propuestos en la última reunión del Grupo de Expertos sobre Mercancías Peligrosas de OACI (Dangerous Goods Panel), así como las recomendaciones de la ANC (Air Navigation Commision), que entrarán en vigor el 1 de abril de este año como enmienda a las Instrucciones Técnicas.

A partir del 1 de abril de 2016 estará prohibido el transporte de baterías de ion litio (UN3480) en aviones de pasajeros, como se hiciera ya en el año 2015 con las baterías de metal litio.

Las evidencias descubiertas en los últimos dos años han hecho reconsiderar la peligrosidad de dichas baterías, dadas las actuales características de los sistemas de protección contra incendios en los aviones de pasajeros, así como la inexistencia actual de un método de embalaje adecuado. Esta prohibición tendría carácter temporal, hasta que se desarrollen nuevos sistemas de embalaje que permitan un transporte seguro.
Por el mismo motivo, se modifica las instrucción de embalaje 965 para que las baterías de ión litio que sean transportadas en aviones de carga deberán tener su carga eléctrica limitada al 30%, ya que se ha demostrado que una mayor concentración de energía podría ser suficiente bajo determinadas condiciones para poner en peligro la integridad de la aeronave en caso de incendio.
Asimismo se introducen modificaciones en las instrucciones de embalaje 965 y 968 para evitar la práctica fraudulenta de agrupar en sobreembalajes un gran número de pequeños cargamentos de baterías de ion litio o metal litio utilizando las disposiciones menos restrictivas de la sección II de dichas instrucciones de embalaje, lo que daba lugar a cargamentos considerables de baterías que no se ajustaban al espíritu de la normativa.
Es importante resaltar que todas estas modificaciones no afectan a baterías de litio que se transportan instaladas en un equipo.

Aparte de los cambios que entrarán en vigor el 1 de abril, también han sido aprobadas las modificaciones a las Instrucciones técnicas de 2017-2018, que serán de aplicación el 1 de enero. Entre ellas podemos destacar las siguientes:

  • Modificaciones en las instrucciones de embalaje de baterías instaladas en un equipo.
  • Obligación de los operadores de realizar evaluaciones de Seguridad Operacional sobre el transporte de mercancías peligrosas.
  • Disposiciones para un nuevo modelo de instrucción basada en competencias.
  • Mejoras en la información a los pasajeros sobre artículos prohibidos o restringidos a bordo.
  • Nuevo marcado y etiquetado para baterías de litio, incluyendo una nueva etiqueta de Clase 9 específica para dichas baterías.

Desde SEPLA consideramos una muy buena noticia el paso que se ha dado desde OACI para actualizar una normativa a todas luces insuficiente, lo que había quedado demostrado por muchos operadores que a lo largo del año pasado interrumpieron el transporte de baterías de litio.

También destacamos el incansable trabajo de IFALPA en empujar a que todos esos cambios se sigan produciendo, y desde aquí queremos agradecer a los dos representantes de SEPLA en el Comité DG de IFALPA, nuestro colaborador Francisco Javier Triguero y nuestro actual Presidente, Javier Gómez Barrero, quienes llevan años trabajando con esta VTySV para conseguir que nuestros vuelos sean cada vez más seguros.

Es gracias a el trabajo que realizan colaboradores como ellos, como conseguimos cambiar la norma a nivel internacional; si queréis saber un poco más sobre el trabajo que han realizado, podéis leer un artículo en el último número de nuestra revista Mach82, que os podéis descargar aquí , y os animamos a todos vosotros a dar un paso adelante y colaborar con esta Vocalía.

• Ir al artículo original de la Vocalía Técnica y de Seguridad de Vuelo

ECA-logoIFALPA-logoaep-logo

footer-sepla