La Audiencia de Barcelona deja en papel mojado la sentencia del juzgado mercantil número 10
BARCELONA (LAVANGUARDIA.COM)- La Audiencia Provincial de Barcelona ha revocado la sentencia del juzgado mercantil 10 de la capital catalana, que en septiembre del 2014 declaró culpable el concurso de acreedores de Spanair, presentado a principios del 2012.
El consejo de administración de la aerolínea, presidido por Ferran Soriano, fue condenado a pagar 10,8 millones de euros para restituir el perjuicio que el juez calculó que se había causado a los acreedores por el retraso en la presentación del concurso. Además, los doce consejeros fueron inhabilitados dos años para ejercer como administradores sociales. La sentencia de la Audiencia podría hacerse pública hoy mismo.
Los diferentes recursos presentados por los consejeros frenaron la ejecución de la sentencia y, año y medio después, la Audiencia les ha dado la razón. El concurso de Spanair ya no es culpable, sino fortuito y eso implica que tanto la condena a pagar el importe citado como la inhabilitación han quedado sin efecto.
La culpabilidad del concurso de la aerolínea, que suspendió pagos y desapareció a principios del 2012 dejando a miles de pasajeros en tierra y unas deudas de 600 millones, se basó en la tardanza en presentar el concurso.
En el caso de Spanair, el juzgado mercantil consideró probado que, en efecto, había constancia de que la aerolínea era insolvente desde junio del 2011, por lo que el concurso debió presentarse como máximo en septiembre. Sin embargo, no lo hizo porque hasta finales de ese año se estuvo negociando la entrada en el capital de Spanair de Qatar Airways, que estuvo muy cerca de concretarse.
la Audiencia se basa en la buena intención de los administradores –que querían salvar la empresa– para absolverles. La ausencia de dolo es lo que ha permitido que el concurso sea declarado fortuito a pesar de contravenir uno de los supuestos objetivos que la ley establece para que sea culpable.